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Esta página es una traducción. La versión en inglés es la oficial; si hay diferencias, consulte la versión en inglés.

Cómo recibir pago como cuidador familiar en New York

Respuesta rápida

Sí, a los familiares se les puede pagar en New York

  • Cónyuge No
  • Hijo/a adulto/a Sí

1 programa por el que preguntar. Empiece aquí: Consumer Directed Personal Assistance Program (CDPAP).

Estas insignias resumen los detalles de abajo. "Sin confirmar" significa que todavía no lo encontramos indicado en una página oficial.

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Los programas por los que preguntar, los documentos que reunir y a quién llamar en Nueva York. También le avisaremos por correo si cambian las reglas o las tarifas de pago de Nueva York.

Programas que pagan a cuidadores familiares

1

Consumer Directed Personal Assistance Program (CDPAP)

Los miembros de Medicaid elegibles para cuidado en el hogar pueden elegir y contratar a su propio asistente personal, incluido un amigo o familiar. Desde el 1 de abril de 2025, Public Partnerships LLC (PPL) es el único intermediario fiscal estatal.

Una mujer mayor conversa con su cuidadora en el sofá de la sala de su casa

¿A quién se puede pagar?

¿Me pueden pagar por cuidar a mi padre o madre en New York?

Los hijos adultos pueden recibir pago. Un padre o madre puede ser el asistente pagado de un hijo adulto (21+) pero no de un hijo menor de 21. Un representante designado no puede ser el asistente pagado. Vivir en la misma casa no descalifica a un familiar.

¿Se le puede pagar a un cónyuge como cuidador en New York?

No. NY DOH: el asistente personal no puede ser el cónyuge del miembro.

Pago a cónyuges cuidadores en New York: explicación

Cómo solicitarlo

¿Cómo presento la solicitud en New York?

Comuníquese con su plan de atención administrada de Medicaid o con el Local Department of Social Services. Preguntas sobre CDPAP: PPL al 1-833-247-5346.

¿Hay lista de espera en New York?

Se desconoce – no se indica en las páginas del DOH que revisamos.

Pago y requisitos

¿Cuánto paga?

No se publica en las páginas del DOH que revisamos.

Requisitos para el cuidador

El miembro debe tener Medicaid, una condición médica estable, una necesidad evaluada de cuidado en el hogar, cumplir los requisitos mínimos de necesidad si tiene 21 años o más, y poder autodirigir su cuidado o tener un representante designado.

Antes de actuar: confírmelo con su estado. Esta página resume fuentes oficiales. Los puntos marcados Se desconoce / Sin verificar / Según informes no se han confirmado en una página oficial.

Fuentes

Fuente oficialÚltima verificación
NY DOH – CDPAP
NY DOH – Aclaración de CDPAP sobre familiares
NY DOH – Política de MLTC 25.03 (FI estatal)